Preguntas Frecuentes
¿Quiénes se encuentran obligados a Presentar Declaración de
situación Patrimonial y de Intereses ante la secretaría de la
función pública?
De acuerdo a lo que señala el último párrafo del artículo 108
Constitucional, así como a lo indicado en la fracción XXV, del
artículo 3º, y artículos 32 y 46 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas, están obligados a presentar las
declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo
protesta de decir verdad y ante las secretarías o su respectivo
Órgano Interno de Control, todas las personas servidoras públicas,
es decir, todas aquellas que desempeñen un empleo cargo o comisión
dentro de la Administración Pública Federal.
¿Cómo se presenta la declaración de situación patrimonial y de
intereses?
A través del sistema SIDEM, que administra la Contraloría
Municipal del H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco.
¿Cómo puedo ingresar al nuevo sistema SIDEM si ya contaba con
contraseña en el anterior sistema FORNADE?
Al momento de ingresar a página electrónica
https://sidem.puertovallarta.gob.mx/
se deberá ingresar la Clave Única de Registro de Población (CURP)
y dar clic en “OLVIDÉ MI CONTRASEÑA”, para generar tu nueva
contraseña.
¿Cuáles son los tipos de declaración de situación patrimonial que
existen y cuándo debe hacerse su presentación?
De acuerdo a lo señalado en el artículo 33 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas son los siguientes:
Inicial: Se presenta dentro de los 60 días naturales
siguientes a la toma de posesión con motivo del:
a) Ingreso al servicio público por primera vez.
b) Reingreso al servicio público después de sesenta
días naturales de la conclusión de su último encargo.
Modificación patrimonial: Se presenta durante el mes
de mayo de cada año.
Conclusión: Se presenta dentro de los 60 días
naturales siguientes a la conclusión.
Aviso por cambio de dependencia: Para el caso en que
la persona servidora pública tenga un cambio de dependencia o
entidad en el mismo orden de gobierno, únicamente se da aviso de
dicho cambio, por lo que no será necesario presentar su
declaración de conclusión.
¿Cuándo debo presentar mi declaración, si es la primera vez que me
es exigible?
En términos del acuerdo publicado el 24 de diciembre de 2019 por
el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, deberá
presentarla en el término establecido en la fracción II del
artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, es decir, en mayo de 2020.
¿Cuándo debe presentarse la declaración de intereses?
De conformidad con el artículo 48 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas:
La declaración de intereses deberá presentarse en los plazos a que
se refiere el artículo 33 de la Ley y de la misma manera le serán
aplicables los procedimientos establecidos en dicho artículo para
el incumplimiento de tales plazos.
También deberá presentarse la declaración en cualquier momento en
que el servidor público, en el ejercicio de sus funciones,
considere que se puede actualizar un posible conflicto de
intereses
¿Qué tipo de documentación debo tener a la vista para el llenado
de mi declaración?
a) Clave Única de Registro de Población (CURP)
emitida por la Secretaría de Gobernación.
b) Registro Federal de Contribuyentes (RFC) emitido
por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
c) Acta de matrimonio.
d) Comprobante de domicilio.
e) Currículo vite.
f) Recibo de nómina y/o declaración fiscal.
g) Escrituras públicas y/o contratos de bienes
inmuebles.
h) Factura de vehículos y bienes muebles.
i) Contratos y estados de cuenta bancarios.
j) Contratos y estados de cuenta de gravámenes y
adeudos.
k) Comprobante de percepción de sueldo o de otro
tipo de ingreso.
l) Actas constitutivas de sociedades y asociaciones.
m) Constancia de percepciones, emitida por la
Jefatura de Nóminas.
n) Cualquier otro documento necesario para las
Declaraciones.
¿Qué necesito para firmar mi declaración de situación patrimonial
y de intereses para enviarla por el sistema?
Podrá firmar su declaración a través del uso de su Clave Única de
Registro de Población y la contraseña con la que ingresa al
sistema SIDEM.
¿Si soy servidor público que no se desempeña como jefe de
departamento u homólogo, tengo que presentar declaración
patrimonial?
Sí, en el caso de que se desempeñe con un nivel menor a Jefe de
Departamento u homólogo, deberá presentar su declaración
patrimonial y de intereses, reportando los siguientes rubros:
1). Datos Generales.
2). Domicilio del Declarante.
3). Datos Curriculares.
4). Datos del empleo, cargo o comisión.
5). Experiencia laboral.
6). Ingresos netos del Declarante.
7). ¿Te desempeñaste como servidor público el año
inmediato anterior? (sólo en la declaración de inicio y
conclusión).
¿Qué sucede con la información que se encontraba precargada en el
anterior sistema FORNADE?
Su información de declaraciones patrimoniales y de conflictos de
intereses, está debidamente resguardada por parte de la
Contraloría Municipal, siendo que la misma será cargada a su
sesión del nuevo sistema SIDEM.
¿Dónde puedo consultar las normas e instructivo para el llenado y
presentación de las declaraciones patrimoniales y de intereses?